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	<title>derecho a la salud &#8211; Abascal Abogados, Abogado Laboralista Santander, Derecho del trabajo y de la seguridad social, abogado mercantil, asesoría jurídica integral a empresas y trabajadores, cantabria</title>
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	<title>derecho a la salud &#8211; Abascal Abogados, Abogado Laboralista Santander, Derecho del trabajo y de la seguridad social, abogado mercantil, asesoría jurídica integral a empresas y trabajadores, cantabria</title>
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		<title>Sentencia del Tribunal de Justicia de la U.E.; Incapacidad Temporal y vacaciones.</title>
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		<pubDate>Thu, 16 Dec 2021 08:30:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[El TJUE ha declarado ilícito que el trabajador vea mermada su paga atendiendo al salario recibido durante el tiempo en que ha estado en incapacidad temporal. TJUE, Sala Segunda, Sentencia 9 Dic. 2021. C-217/2020. &#160; Cuando un trabajador en situación de incapacidad laboral por enfermedad ejerce su derecho a vacaciones anuales retribuidas, para determinar el&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="dHPlus">
<div class="dAb">
<h3>El TJUE ha declarado ilícito que el trabajador vea mermada su paga atendiendo al salario recibido durante el tiempo en que ha estado en incapacidad temporal.</h3>
<h4><a style="color: #000000;" title="enlace">TJUE, Sala Segunda, Sentencia 9 Dic. 2021. C-217/2020.</a></h4>
</div>
</div>
<div id="dTxT">
<p>&nbsp;</p>
<p>Cuando un trabajador en situación de incapacidad laboral por enfermedad ejerce su derecho a vacaciones anuales retribuidas, para determinar el importe de la retribución que le será abonada en concepto de vacaciones debe estarse a la retribución que percibió durante el período de trabajo anterior a aquel en que se solicitan las vacaciones anuales, sin que la empresa puede aplicar reducción alguna como consecuencia de la incapacidad laboral.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para llegar a esta afirmación, parte el TJUE de que la incapacidad laboral por enfermedad resulta, en principio, imprevisible y ajena a la voluntad del trabajador afectado y por ello, deben asimilarse los trabajadores de baja por enfermedad a los trabajadores en activo a los efectos de calcular su paga de vacaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La finalidad de las vacaciones anuales retribuidas son dos cosas: el ocio y el necesario descanso del trabajador, de tal forma que el solo hecho de que una situación de incapacidad laboral perdure durante el período de las vacaciones no puede repercutir negativamente en el derecho a percibir una retribución íntegra durante las vacaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por ello la sentencia declara que no es acorde a derecho exigir para el devengo de la retribución por vacaciones anuales el haber trabajado a tiempo completo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si se abonara una retribución inferior, ello podría llevar a los trabajadores a decidir no coger sus vacaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En definitiva, el <b>derecho de un trabajador a disfrutar de las vacaciones anuales retribuidas mínimas</b> garantizado por el derecho de la Unión Europea (concretamente cuatro semanas), <b>no puede restringirse alegando que el trabajador no ha podido responder a su obligación de trabajar debido a una enfermedad</b> durante el período de devengo de las vacaciones anuales, porque no se puede supeditar el derecho a las vacaciones anuales retribuidas mínimas, al requisito de haber trabajado efectivamente durante todo el período que se toma como referencia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cuando un trabajador ejerce su derecho a vacaciones anuales retribuidas, debe ser colocado en una situación que, desde el punto de vista del salario, sea comparable a los períodos de trabajo, &#8211; concluye el TJUE-.</p>
</div>
<p>&nbsp;</p>
<p>Puedes. consultar la Sentencia aqui;</p>
<p>&nbsp;</p>
<a href="https://www.abascal-abogados.com/wp-content/uploads/2021/12/S_TJUE_9_12_2021....doc.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">S_TJUE_9_12_2021....doc</a>
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			</item>
		<item>
		<title>Inspeccion de Trabajo edita una Guía para los Servicios de Prevención en materia de riesgos derivados por Covid-19.</title>
		<link>https://www.abascal-abogados.com/inspeccion-de-trabajo-edita-una-guia-para-los-servicios-de-prevencion-en-materia-de-riesgos-derivados-por-covid-19/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[abascala]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2020 08:18:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Abascal Abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[Nueva Guía en materia de prevención de riesgos laborales derivados del Covid-19. &#160; El Ministerio de Sanidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, de 28 de abril, publicó la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19, de 6 de mayo&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3>Nueva Guía en materia de prevención de riesgos laborales derivados del Covid-19.</h3>
<p>&nbsp;</p>
<div class="page" title="Page 6">
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p>El Ministerio de Sanidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, de 28 de abril, publicó la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19, de 6 de mayo de 2020, que ha sido trasladada al BOE mediante la Orden SND/404/2020, de 11 de mayo, de medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-CoV-2 durante la fase de transición hacia una nueva normalidad, que regula las obligaciones y procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica en relación a la infección del COVID-19.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Esta Estrategia establece que el objetivo en esta etapa es la detección precoz de cualquier caso que pueda tener infección activa y que, por tanto, pueda transmitir la enfermedad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>La evolución de la crisis sanitaria, que se desarrolla en un escenario de transmisión comunitaria sostenida generalizada, obliga a adaptar y concretar de manera continua las medidas adoptadas para que se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica</strong>, garantizando la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos y sociales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>La intervención de las empresas, a través de los servicios de prevención (SPRL), frente a la exposición al SARS-COV-2 está siendo crucial, adaptando su actividad con recomendaciones y medidas actualizadas de prevención, en ocasiones como consecuencia de actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con el objetivo general de evitar los contagios</strong>: medidas de carácter organizativo, de protección colectiva, de protección personal, de trabajador especialmente vulnerable y nivel de riesgo, de estudio y manejo de casos y contactos ocurridos en la empresa y de colaboración en la gestión de la incapacidad temporal.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En el momento actual, <strong>están llamados a cooperar con las autoridades sanitarias en la detección precoz</strong> de todos los casos compatibles con COVID-19 y sus contactos, para controlar la transmisión. La detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 es uno los puntos clave para controlar la transmisión. La realización de Pruebas Diagnósticas de Infección Activa por SARS-CoV-2 (de ahora en adelante PDIA) debe estar dirigida fundamentalmente a la detección precoz de los casos con capacidad de transmisión, priorizándose esta utilización frente a otras estrategias.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición en que se pueden encontrar las personas trabajadoras en cada una de la tareas diferenciadas que realizan y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.</strong></p>
</div>
<p>&nbsp;</p>
<p>No obstante, muchas veces los empresarios no tienen instrumentos suficientes para saber si el Servicio de prevención hace todo lo quédese y en el momento en el que debe, lo cual, es paradójico puesto que las responsabilidad reatará sobre la empresa, que es la responsable en materia de medidas de seguridad.</p>
<p>&nbsp;</p>
</div>
<p>Con el objetivo de los trabajadores y los empresarios estén informados y pueda comprobar dicha actividad, no viene mal estar al día en esta materia. Para ello, puedes acceder al texto íntegro de dicha Guía aquí:</p>
<p>&nbsp;</p>
</div>
<a href="https://www.abascal-abogados.com/wp-content/uploads/2020/10/PrevencionRRLL_COVID-19_20201007.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">PrevencionRRLL_COVID-19_20201007</a>
<p>&nbsp;</p>
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