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	<title>administración publica &#8211; Abascal Abogados, Abogado Laboralista Santander, Derecho del trabajo y de la seguridad social, abogado mercantil, asesoría jurídica integral a empresas y trabajadores, cantabria</title>
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	<description>Abascal Abogados, Abogado Laboralista Santander, Derecho del trabajo y de la seguridad social, abogado mercantil, asesoría jurídica integral a empresas y trabajadores, cantabria</description>
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	<title>administración publica &#8211; Abascal Abogados, Abogado Laboralista Santander, Derecho del trabajo y de la seguridad social, abogado mercantil, asesoría jurídica integral a empresas y trabajadores, cantabria</title>
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		<title>Canal de Denuncias; Obligatorio desde el 17 de diciembre.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[abascala]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Dec 2021 08:00:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Abascal Abogados]]></category>
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					<description><![CDATA[Directiva UE 2019/1937 de 23 de Octubre;  El 17 de diciembre terminó el plazo concedido para aprobar una ley sobre normas y procedimientos de protección de denunciantes de corrupción en todos y cada uno de los estados de la Unión Europea. Esta iniciativa proviene de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3><span style="color: #000000;">Directiva UE 2019/1937 de 23 de Octubre; </span></h3>
<h4><span style="color: #000000;"><b>El 17 de diciembre</b> terminó el plazo concedido para aprobar una ley sobre normas y procedimientos de protección de denunciantes de corrupción en todos y cada uno de los estados de la Unión Europea. Esta iniciativa proviene de la <a style="color: #000000;" title="enlace">Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019</a>.</span></h4>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">Actualmente, según fuentes oficiales, el Ministerio de Justicia trabaja en un proyecto sobre “el reparto competencial en la materia, dadas las múltiples cuestiones transversales a regular. Todo apunta a que, otra vez, llegaremos con los deberes sin hacer.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">Sea como fuere, con o sin sanción, a tiempo o fuera de plazo, se avecinan cambios legislativos de calado. En el caso español, habrá que modificar la normativa de protección de datos y algunos artículos del Código Penal, <i>entre otras reformas.</i></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">La <a style="color: #000000;" title="enlace">Directiva 2019/1937</a> <strong>se aplicará a los denunciantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral, incluyendo, como mínimo a:</strong></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">a) las personas que tengan la condición de trabajadores en el sentido del <a style="color: #000000;" title="enlace">artículo 45, apartado 1, del TFUE</a>, incluidos los funcionarios;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">b) las personas que tengan la condición de trabajadores no asalariados, en el sentido del <a style="color: #000000;" title="enlace">artículo 49 del TFUE</a>;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">c) los accionistas y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos, así como los voluntarios y los trabajadores en prácticas que perciben o no una remuneración;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">d) cualquier persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">e) los exempleados que revelen o informen sobre infracciones cometidas durante el periodo de vigencia de su contrato</span></p>
<p><span style="color: #000000;">f) los denunciantes cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">Las <strong>empresas con más de 50 empleados tendrán que crear un procedimiento interno para gestionar las denuncias y mantener la confidencialidad de los denunciantes.</strong> Las normas <strong>también se aplicarán a las administraciones públicas</strong> (a municipios de más de diez mil habitantes), que deberán establecer canales de notificación externos e independientes dejando a los denunciantes elegir entre uno u otro de los cauces. La Directiva contempla, además, la posibilidad de revelar la información en los medios de comunicación, en caso, por ejemplo, de no adopción de los procedimientos adecuados tras la notificación, o por peligro manifiesto o daño irreparable para el interés público. También auxilia a quienes sirvan de fuentes a los periodistas de investigación.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Ámbito</b></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">La Directiva se centra en los siguientes temas:</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Adjudicación de contratos públicos;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Seguridad de los productos;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Seguridad de los transportes;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Protección ambiental;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Seguridad tecnológica nuclear;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Seguridad de los alimentos y de los piensos para animales, salud y bienestar de los animales;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Sanidad pública;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Protección de los consumidores;</span></p>
<p><span style="color: #000000;">&#8211; Protección de la privacidad, de los datos de carácter personal, y seguridad de las redes y sistemas de información.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">También se aplicará a las transgresiones relacionadas con normas de competencia de la Unión, a los incumplimientos que dañen los intereses financieros y, en vista de su impacto negativo en el correcto funcionamiento del mercado interior, a las infracciones de las normas o acuerdos del impuesto de sociedades cuyo objetivo sea obtener un beneficio fiscal que supere el considerado por la legislación vigente.</span></p>
<div class="dRec">
<p><a id="I3" class="AN" style="color: #000000;"></a><a id="I4" class="AN" style="color: #000000;"></a><strong><span style="color: #000000;"><i>¿Qué empresas están obligadas a implementar un canal de denuncias?</i></span></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">• Las empresas que tengan 50 trabajadores o más.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Las empresas que obtengan un volumen de negocio igual o superior a 10 millones de euros.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Todas las que se encuentren en el sector de los servicios financieros y puedan sufrir riesgos relacionados con blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="color: #000000;">En el sector público</span></strong></p>
<p><span style="color: #000000;">• El Estado</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Las administraciones regionales y provinciales</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Otras entidades de derecho público</span></p>
<p><a id="I5" class="AN" style="color: #000000;"></a><span style="color: #000000;">• Los municipios de más de 10.000 habitantes.</span></p>
</div>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Plazos</b></span></p>
<p><span style="color: #000000;">Si su empresa opera en la UE y emplea a 250 personas o más, tienes hasta el 17 de diciembre para cumplir con el plazo y ponerse al día respecto de las exigencias de la Directiva de Protección al Denunciante. Las organizaciones con 50 a 249 empleados también estarán sujetas a la nueva ley, pero tendrán dos años más para adaptarse y cumplir con los requisitos.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Condiciones para la protección de los denunciantes</b></span></p>
<p><span style="color: #000000;">Para gozar de protección, el denunciante deberá tener motivos razonables y demostrar que la información que facilita es verídica. </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">Queda excluido de amparo quien denuncia de forma malintencionada, frívola o abusiva o con información incorrecta o engañosa, quien aporta información que sea disponible para el público y los sujetos que apelen a rumores o habladurías no confirmados y sin prueba alguna.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">En caso de denuncias anónimas, el denunciante, posteriormente identificado, que sufra represalias deberá ser protegido.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Confidencialidad</b></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">La tutela de la confidencialidad del whistleblower es vital para la eficacia del nuevo sistema y por ello, entre otras, se prevén las siguientes medidas:</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• La obligatoriedad de canales de denuncia que garanticen la confidencialidad de la identidad del alertador, si este lo desea.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• La posibilidad de control y seguimiento del estado de la denuncia por parte del alertador, aunque este haya decidido permanecer anónimo.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• La imposición de acuse de recibo de la empresa u organización en un plazo de siete días a partir de la recepción de la denuncia.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• La exigencia de Feedback al alertador dentro de los tres primeros meses después de recibir la denuncia.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Prohibición de represalias</b></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">De acuerdo con la nueva norma, los Estados miembros deberán garantizar que los denunciantes tengan acceso a información y asesoramiento completo, independiente y gratuito sobre los recursos disponibles, así como a asistencia jurídica durante los procedimientos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Las represalias serán sancionadas con rigor. Y si a pesar de ello, los alertadores las sufren, contarán con los recursos adecuados para protegerse. Por ejemplo y entre otras, dispondrán de medidas provisionales para detener el acoso laboral o evitar el despido y también se beneficiarán de la inversión de la carga de la prueba, de modo que corresponda a la persona que adopta medidas contra un denunciante demostrar que no está tomando represalias contra el acto de denuncia de irregularidades.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Asimismo, se contempla que, durante los procedimientos judiciales, los denunciantes de corrupción puedan recibir soporte financiero y psicológico.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><b>Sanciones económicas</b></span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;">Si no se llevan a cabo las medidas impuestas por ley para amparar la figura de los whistleblowers, las empresas recibirán sanciones que podrán ser graves o muy graves:</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Hasta 50.000 Euros: Sanciones muy graves</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Impedir o dificultar el seguimiento de la denuncia</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• No cumplir con el derecho de confidencialidad del alertador</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Practicar cualquier represalia</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Hasta 25.000 Euros: Sanciones graves</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• No disponer de un canal de denuncia interno</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• Contar con un canal de denuncias interno sin garantías de confidencialidad</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• No designar a una persona responsable para la recepción de las denuncias</span></p>
<p><span style="color: #000000;">• No revisar periódicamente el procedimiento de denuncia interno</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Todavía está a tiempo de evitar problemas. Aunque la legislación sobre protección al denunciante aún no esté claramente definida en España puede empezar a tomar decisiones:</span></p>
<p><span style="color: #000000;">1. Instaure un canal seguro para recibir denuncias.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">2. Nombre a un empleado o departamento imparcial para hacer el seguimiento a dichos informes.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">3. Tenga en cuenta que debe proporcionar al denunciante acuse de recibo en un plazo de siete días.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">4. Establezca un registro de cada denuncia, bajo el cumplimiento de la normativa de protección de datos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">5. Estudie y proporcione al denunciante el feedback correspondiente sobre el seguimiento realizado en los tres meses siguientes a la recepción de la denuncia.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Puedes acceder al texto de la Directiva aquí;</p>
<a href="https://www.abascal-abogados.com/wp-content/uploads/2021/12/DIRECTIVA_CANAL_DENUNCIAS_EMPRESA_AAPP.pdf" class="pdfemb-viewer" style="" data-width="max" data-height="max" data-toolbar="bottom" data-toolbar-fixed="off">DIRECTIVA_CANAL_DENUNCIAS_EMPRESA_AAPP</a>
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